martes, 30 de marzo de 2010

SIEMPRE ES BUENO TENER UNA RECETA


Es muy importante los detalles, es muy importante los suspiros y sobre todo es muy importante extrañarse, por eso en un matrimonio cada esposo debe tener su espacio donde debe ser sagrado y respetado en mutuo acuerdo por ambos.
Si uno transgrede el sitio del otro, lamentablemente se cree que ha empezado a reinar la desconfianza en ese matrimonio. Y si empezara a suceder, no preocuparse, simplemente retomar su espacio y volverlo sagrado y cuando lo quieran compartir con su pareja hágalo en ese momento.

domingo, 28 de marzo de 2010

LA PILDORA DEL SIGUIENTE DIA



Un momento de discernir la realidad de la píldora del siguiente día, completamente abortiba y que de todas maneras no es un camino que pueda ser aconsejable para tentar en una paternidad responsable ya que demuestra que podríamos estar encaminados a matar nuestros propios hijos.

Además significaría tenderles la cama a nuestros hijos adolescentes que sin madurez quieran incursionar sexualmente como si fuera algo común, ya no se podría dar valor al amor, al respeto, a la dignidad.


Estemos preparados como padres de familia, conocer esto que es propia de nuestra realidad, no pensar que nuestro hijo o hija no vaya estar encaminada en esto y nosotros haciéndonos los de la vista gorda.

miércoles, 24 de marzo de 2010

lunes, 15 de marzo de 2010

LA MENTE DE SU HIJO


Conforme el cerebro de un niño se va desarrollando, su mente se va “desenrollando” a través de tres ramas que se entrelazan entre sí:
La física, la cognoscitiva y la emocional.

Sin embargo la habilidad de un niño por ejemplo, al manejar un triciclo, dependerá de su habilidad mental, la cual incluirá: el sentido del balance, su memoria, su persistencia y su capacidad para interpretar las direcciones de sus padres.
Las emociones y la imaginación juegan roles en todo lo que un niño y un adulto hacen, comenzando con la forma en que se empiezan a traducir todas las experiencias en recuerdos.

Las emociones, también le ponen color a la forma en como nos comunicamos con lo demás y ayudan a expresar lo que en palabras no podemos.

Constantemente se atiende a como la demás gente reacciona y como se expresan ellos mismos. Uno puede escoger aprender a no actuar con base en estas observaciones o puede ignorar los sentimientos de las otras personas.

Sin embargo, las emociones permanecen como una vital corriente de intercambio entre los adultos entre los padres, entre los niños, entre los amigos y aún en una discusión solitaria con uno mismo.

Lo mismo es cierto para la habilidad mental de imaginar y fantasear, es decir: si uno no se imaginara a sí mismo actuando de diversas formas, nunca se tendría la oportunidad de realizarlo. Por ejemplo: uno se imagina como su será su hijo, aún mucho antes de que éste nazca y siempre lo veremos a través de la imagen mental que generamos de éste.

Se puede usar la imaginación para salir y escapar de nuestros problemas, o para viajar a lugares a los cuales nunca hemos ido antes, o para volvernos más fuertes, más brillantes, mas guapos, más articulados, o para realizar todo lo que nunca hemos podido en la vida real.Una mente que siente y que imagina es el vehículo para todas estas sanas y regulares actividades, sin esto estaríamos tan desvalidos como si no tuviéramos manos, piernas o sentidos.
Los sentimientos y la imaginación de la mente, influyen grandemente en la apreciación de la vida, en como vemos el mundo y a toda la gente que se encuentra en él, de cómo vivimos y experimentamos cada situación.

Los cuatro aspectos más importantes para “desenrollar” la mente de tu hijo, serán entonces:

- Su habilidad de interpretar los comportamientos, los pensamientos y los sentimientos de los demás.
- El comprender que algunas veces, estas percepciones y creencias, pueden no estar correctas.
- El reconocer las diferencias entre lo que es real y lo que es imaginario.
- Y finalmente, el apreciar que cada persona alrededor de ellos tiene una mente única e individual.


La mente de un adulto que le da figura y significado a sus experiencias, queda a una gran distancia de la mente de un pequeño que ve el mundo a través de sus padres y de sus acciones; sin embargo, es de esta manera en como él mismo, empezará a desarrollar su propia mente adentro de su propio mundo.
Comprende a tu hijo.

viernes, 12 de marzo de 2010

ALGO QUE NO PODEMOS DEJAR DE MIRAR. PENSIÓN POR ALIMENTOS


TRAMITE A SEGUIR PARA OBTENER JUDICIALMENTE UNA PENSION DE ALIMENTOS CONFORME LA Ley 28439.

Los procesos de alimentos son casi el 50% de las cargas procesal de los Juzgados de Paz Letrados y de los Juzgados de Familia, en el Perú.

Lo primero que tiene que hacer el padre o madre que tiene a su cargo a un alimentista es proponorse y decidirse a defender a que sus hijos tengan ese derecho fundamental y que no le pueden negar.

Para iniciar el proceso de alimentos se requiere contar con la partida de nacimiento del nino o del adolescente, su constancia de estudios en caso de que se encuentre cursando estudios, boletas o recibos de pago que corresponden a gastos que generan la subsistencia del alimentista, copia de su Documento nacional de identidad y conocer el domicilio real donde va ser notificado el demandado u en su defecto la direccion de su centro de labores.

Con la actual Ley ni siquiera es necesario contar con un abogado para presentar la demanda, pero es recomendable contar con asesoria profesional, ya que en el proceso hay actos que requieren de la asistencia de un abogado, como por ejemplo presentar excepciones, tachas, cuestiones previas, apelaciones etc.

Una vez redactada la demanda , esta se presenta a la mesa de partes de los Juzgados de Paz Letrados correspondiente,

El Juez al recibir la demanda, debera admitirla y notificar al demandado para que dentro del termino de cinco dias cumpla con contestar la bajo apercibimiento de seguirsele el juicio en rebeldia, transcurridos los cinco dias sin que el demandado haya contestado el juez tiene la obligacion al cumplirse dicho tramite resolver haciendo efectivo el apercibimiento es decir dar por contestada la demanda en rebeldia y citar a la audiencia deconciliacion pruebas y sentencia, y el juez debera emitir la sentencia.

En caso que el demandado haya contestado la demanda en el plazo senalado el juez debera tener en cuenta que dicha contestacion para admitirse debe adjuntarse a esta la declaracion de ingresos economicos del demandado sin la cual no podra admitirse el escrito de contestacion del demandado dandosele un plazo de tres dias para que subsane tal error, y una vez hecho o vencido el plazo se declara la rebeldia del demandado y senala fecha para la audiencia de saneamiento conciliacion, pruebas y sentencia; iniciada la audiencia el demandado puede promover tachas excepciones, o defensas previas,que seran absueltas por el demandante en el mismo acto de audiencia, seguidamente se actuaran los medios probatorios.

No se admitira reconvencion.

Concluida su actuacion si el juez encuentra infundadas las excepciones o defensas previas declarara saneado el proceso y seguidamente invocara a las partes a resolver la situacion del nino o adolescente conciliadoramente. Si hay conciliacion y esta no lesiona los intereses del nino o del adolescente se dejara constancia en el acta.

Esta tendra el mismo efecto de sentencia.

Si durante la audiencia unica el demandado aceptara la paternidad, el juez tendra por reconocido al hijo y enviara a la municipalidad que corresponda copia certificada de la pieza judicial respectiva, ordenando la inscripcion del reconocimiento en la partida correspondiente, sin perjuicio de la continuacion del proceso .

Si el demandado no concurre a la audiencia unica a pesar de haber sido debidamente emplazado el juez debe sentenciar en el mismo acto atendiendo a las pruebas actuadas.

Otro punto interesante de la Ley 28439 es que si el obligado luego de haber sido notificado para la ejecucion de la sentencia firme no cumple con el pago de los alimentos, el juez a pedido de parte y previo requerimiento a la parte demandada bajo apercibimiento expreso, remitira copia certificada de la liquidacion de las pensiones devengadas y de las resoluciones respectivas al fiscal provincial de turno a fin de que proceda conforme a sus atribuciones.

Esta modificaci?n permite que las sentencias de alimentos, sustituya al tramite de interposicion de denuncia penal por el delito de Omision a la Asistencia Familiar. Ahora no, solo es necesario que se solicite al juzgador que ha tenido conocimiento y sentenciado el juicio de alimentos que cumpla con lo ordenado por ley es decir de oficio remitir copia certificada de la liquidacion de las pensiones al Fiscal de turno quien formulara la denuncia por ante el Juez Penal de Turno.